El abogado Jaime Navarro dice que «algunos pensaban que los directivos del banco eran ambiciosos, pero eran yonkies del dinero».

Bankia obligo a comprar productos tóxicos a unos clientes para avalar en un préstamo personal a su hija, según una sentencia que se conoce ahora. «El director de oficina les indicó que debían comprar un producto financiero, que resultó ser participaciones preferentes, por una cantidad inicial que luego se duplicó. Tras la demanda el banco se ha visto obligado a devolver los 43.200 euros y a pagar las costas, con lo que los clientes han recuperado todo y no han pagado nada. Una vez mas se hace justicia ante un caso tan sorprendente como real, en el que se obligaba a contratar un producto tóxico, a sabiendas de que era así, para poder avalar un hijo con los ahorros de toda una vida», según explica abogado, Jaime Navarro, que ha llevado el caso y quien en un comunicado ha relatado como han sucedido los hechos.

El despacho de Navarro ha logrado un gran porcentaje de sentencias favorables en estos casos, casi el 100 por cien y cuyo lema se cumple, «usted no paga, paga el banco». Jaime Navarro. ante los últimos acontecimientos alrededor de Bankia con las ya tristemente famosas tarjetas black, manifiesta que «tras representar a cientos de clientes engañados y ver como actuaban los directivos del banco, tengo claro que algunos pensaban que eran simplemente ambiciosos…pero en realidad eran Yonkies del dinero»

El desarrollo del caso:

En septiembre de 2009, los clientes Francisco Javier Navarro Ramos y su esposa Francisca Ballester Micó disponían de 80.000 euros en Bankia depositados en un plazo fijo. Su hija por aquel entonces iba a adquirir una vivienda de la que sus padres en parte serían avalistas. El Director de la sucursal de la entidad demandada sita en la pedanía de Castellar, Ignacio Ribes, planteó como única posibilidad a los clientes para poder avalar la cantidad de 25.000 euros necesarios para la adquisición de esa vivienda, la suscripción de los valores financieros denominados PPF. BEF S/B.

El Director de la sucursal, de la que eran clientes desde hace años, en ningún momento les señala la naturaleza real del producto que están contratando —participaciones preferentes— al contrario, el empleado les aseguró estar invirtiendo en un plazo fijo garantizado y amortizable en cualquier momento. Así este supuesto plazo fijo o PPF. BEF S/B está destinado a ser prenda pignorada en el préstamo contraído por su hija en la adquisición de su vivienda. Los clientes suscriben diferentes Órdenes de Compra de Valores de PPF. BEF S/B —no sólo por la cantidad necesaria para el aval de 25.000 euros, sino por la cantidad más elevada de 43.200 euros tal como les indica el Sr, Ignacio Ribes— por las cantidades respectivas de 1.200 euros —operación realizada el 21 de septiembre de 2010— y de 42.000 euros —operación realizada el 15 de octubre de 2010.

En marzo de 2012 la entidad demandada les instó, como a tantos clientes, para que realizaran el canje de estas participaciones referentes por acciones de la entidad indicándoles que si no hacían ese canje iban a perder totalmente.

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