Un juzgado ha dado el primer paso para acabar con las Preferentes para la «eternidad» al condenar al Sabadell-CAM a devolver a una clienta el importe de unas participaciones que vencían el 31 de diciembre del año 3000.

El abogado Jaime Navarro, que consiguió en junio de 2012 la primera sentencia de la Comunitat Valenciana por comercialización engañosa y no sujeta a lo prescrito por Ley de Participaciones Preferentes, acaba de conseguir una nueva sentencia pionera favorable por el mismo producto tóxico financiero, conocido como Participaciones Preferentes, «vendido de manera indiscriminada por muchas de las entidades bancarias españolas y que afecta a los ahorros de más de 700.000 afectados directos».

En este caso la sentencia condenatoria ha sido para la entidad financiera CAM/Sabadell por comercializar participaciones preferentes y cuotas participativas por valor de 23.350 euros, suscritas en el año 2010 por M.R.E., vecina de Segorbe (Castellón) a la que la entidad demandada «no informó adecuadamente» y, según lo que prescribe la legislación, de las características y riesgos de estos valores, considerados por la CNMV como «productos complejos y de riesgo».

La condena a la entidad emitida por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Segorbe, permite a la cliente afectadarecuperar el total del capital invertido y condena a CAM/Sabadell a abonar íntegramente los intereses y costas del proceso.

De acuerdo con la versión del abogado de la demandante, la sentencia indica que la entidad aportó a la cliente una información «muy simplificada que no debió generar suspicacia alguna» en ella, pues realmente lo que estaba adquiriendo era un producto perpetuo con vencimiento el 31 de diciembre del año 3000, y por ello se estima que concurrió error en el consentimiento al contratar tal producto, por lo que declara esa venta de Participaciones Preferentes y Cuotas Participativas como nula.

Según el letrado, «la importancia de la sentencia es esta declaración de nulidad, que abre una puerta a la esperanza de muchos clientes afectados por Participaciones Preferentes CAM».

Fuente: ABC