El Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Alzira, Valencia anula la compra de OBS. BANCAJA, PPF.BEF S/A y PPF. BEF S/B, realizada por una clienta por importe de 49.800 euros. La adquisición de obligaciones subordinadas y participaciones preferentes se produjo por el reiterado consejo de los empleados de la entidad de la sucursal de Alzira en varias fechas del año 2010 y en marzo de 2012 fueron canjeados estos productos por acciones de BANKIA.
En cuanto a la información de características y riesgos de estos valores suministrada y si ésta fue suficiente, el JPI nº2 de Alzira en sentencia firme explica que “la entidad demandada no ha acreditado que cumpliera la prestación de ese deber, ya que, no existe prueba alguna siquiera de una mínima información, el actor en base a la información facilitada y a lo complejo del producto no pudo conocer el significado real del producto de inversión, y es por ello por lo que se considera que concurre error en el consentimiento”.
La sentencia anula las compras de preferentes y subordinadas y su posterior canje por acciones de BANKIA, condenando a la restitución de los 49.800 euros invertidos.
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