La sentencia firme del JPI 17 de Valencia declara la nulidad de los contratos de suscripción de participaciones preferentes por importes respectivos de 46.200 y anula el posterior canje obligatorio por acciones de la entidad realizado en 2012.
Los clientes, padre e hija, en suscribieron con BANKIA, por consejo de ésta, mediante órdenes de compra de valores en los años 2004, 2005, 2007 y 2008 la adquisición de participaciones preferentes PPF.BEF S/A por la cuantía total de 46.200 €,.
Sólo en la Orden de compra de 2008 se adjuntó un anexo a la orden con una enumeración de los riesgos, pero sin aclarar los mismos, y exonerándose de responsabilidad a la entidad, sin que a los inversores les constara haber sido clasificados como clientes minoristas y sin evaluación de alguna clase. Asimismo, BANKIA no proporcionó por escrito la información necesaria, ni ficha con la descripción de las características y riesgos de las participaciones preferentes.
La sentencia firme del JPI 17 de Valencia establece la restituciadecuadamente riesgoversi ucies firme que el cliente contratjo segura y sin riesgoCOTLANDancias de total penddencia ón del capital invertido a los clientes puesto que tratándose de una inversión compleja y arriesgada, nunca se informó adecuadamente de las características de este producto perpetuo.
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