La cliente denunciaba en su demanda que BANKIA no le entregó ninguna información por escrito de información general o específica del producto financiero que adquiría, participaciones preferentes, denominadas PPF.BEF S/A y PPF.BEF S/B, que adquirió en 2004 y 2006, ni documentación alguna sobre su naturaleza, comportamiento, características y riesgos, pensando que adquiría un producto seguro y totalmente garantizado por la entidad. La sentencia anula estas compras así como el canje de las preferentes por acciones de la entidad realizado en 2012.

La sentencia firme del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Valencia estima la devolución de los 33.000 euros depositados en estas participaciones preferentes y anula el posterior canje por acciones de la entidad. La sentencia analiza el deber de BANKIA respecto a la obligación de la entidad de proporcionar la información adecuada y suficiente en el momento de las contrataciones.

El juez estima que la cliente no fue correctamente informada por las recomendaciones verbales de los empleados que aseguraban la liquidez en pocos días del producto financiero, que no se dijo a la cliente que existía posibilidad de que perdiera todo el dinero y resaltando la solidez de Bancaja sin mencionar sus riesgos por lo que no informaron verazmente sobre las características de estas arriesgadas PPF.BEF S/A y PPF.BEF S/B.

Asimismo en cuanto a la información escrita, no se entregó folleto o anexos que explicasen las características de estas preferentes pensando la cliente que estaba adquiriendo un producto seguro y sencillo garantizado por la entidad cuando lo que realmente se le vendía era un producto complejo que llevaba inherente el riesgo de perder todo el capital o que podía en cualquier momento dejar de pagar intereses.