La Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Valencia ha revocado la sentencia inicialmente favorable al banco dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 20 de Valencia en este procedimiento y ha condenado a BANKIA a la devolución de 60.000 euros invertidos por el cliente en Participaciones Preferentes Caja Madrid 2009.
Los empleados de la entonces Caja Madrid ofertaron en 2009 estas preferentes como si fueran un deposito similar a un plazo fijo a cinco años garantizado al 100% y solo destacaron las supuestas bondades del depósito omitiendo una explicación detallada de sus riesgos. El cliente demandante en este pleito firmó unos documentos en la que se indicaban algunos de los riesgos inherentes al producto pero la Audiencia de Valencia no lo ha considerado prueba de una información completa y adecuada al cliente tal como establece la ley. Según la sentencia:
“Si bien estos documentos enumeran una serie de riesgos como en el transcrito 9 de la demanda y se alude a la perpetuidad del producto, no apreciamos que esta información fuera correcta, precisa, suficiente y entregada con el suficiente tiempo antes de contratar para evitar su incorrecta interpretación y haciendo hincapié y explicitando, más allá de la mera letra de aquéllos todos extensos y presentados a la vez y junto a la orden de compra en el ámbito de la confianza del actor con la demandada que le aconsejó la operación, lo necesario para asegurarse de que aquel comprendiera tal producto complejo, de forma que conociera con precisión los efectos de la operación que contrataba por primera vez con un compromiso de protección máxima que se le había comunicado por ésta a estos efectos informativos, sin que la tardanza del cargo en cuenta 5 días después a esa adquisición de su importe desvirtúe lo expuesto por esa misma relación de confianza que no hace exigible la diligencia de revisar toda esa documentación sobre la base de, que aún de haberlo hecho, dada su gran dificultad su entendimiento para un inexperto en la materia a falta de otra complementaria y personal resulta más que dudosa”.
La sentencia es firme y la Audiencia de Valencia ordena la restitución por parte de BANKIA de la cantidad de 60.000 euros al cliente depositados en Participaciones Preferentes Caja Madrid 2009
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