El cliente, persona joven y de profesión comercial, compró por recomendación de los empleados de BANKIA el producto PARTICIPACIONES PREFERENTES CAJA MADRID 2009, por la cuantía de 43.000 euros.

No se informó al cliente en que consistía la inversión este tipo de producto, participaciones preferentes, producto financiero complejo y de riesgo; tampoco Caja Madrid/Bankia le suministró documentación alguna que manifistase las características de las participaciones preferentes adquiridas, ni tampoco folletos informativos por parte de la entidad o información específica de los múltiples riesgos a que están sujetos estos valores.

El cliente firmó un Test de Conveniencia y un Test de Idoneidad, con las mismas preguntas en los 2 test y cuyas respuestas estaban ya marcadas por la propia entidad que le vendía el producto.

El Juzgado de Primera Instancia nº 16 de Valencia establece que BANKIA cumplió sus deberes de diligencia pues “no consta la documentación relativa a la información a proporcionar con carácter previo sobre las características del producto y sus riesgos. No se acredita que por parte de la entidad financiera se comprobara real y adecuadamente el perfil del cliente, ni se ofreciera la información requerida al mismo, en especial en cuanto al riesgo del producto bancario”.

La entidad está condenada en firme y según la sentencia del JPI nº 16 debe devolver la totalidad de la inversión, 43.000 euros, aquí reclamada.