La reclamante en este procedimiento demanda a Bankia por comercialización de Participaciones Preferentes Caja Madrid 2009  suscritas en 2009 por importe de 37.800 euros y que fueron canjeadas en 2012 de manera obligatoria por acciones de la entidad.

La sentencia del JPI 7 de Valencia es firme y argumenta que Bankia no comprobó cual era el perfil de la inversionista y no practicó adecuadamente el test de idoneidad sobre este producto complejo. Tampoco Bankia proporcionó la información adecuada sobre las implicaciones y riesgos que entrañaba la compra de Preferentes Caja Madrid 2009. Así pues la sentencia condena a la entidad al no cumplir lo que prescribe la ley respecto a la adecuada y completa información a su cliente, ni informar adecuadamente de los muchos riesgos del producto que se suscribía como el de perpetuidad. Por tanto, anulada esta compra de preferentes la sentencia anula el posterior canje del producto por acciones de Bankia ofrecido en 2012 y ordena la restitución del capital invertido a la demandante.