El Juzgado de Primera Instancia nº 15 de Valencia ha condenado a BANKIA a la devolución de 100.000 euros por la comercialización de PARTICIPACIONES PREFERENTES CAJA MADRID 2009. La entidad vendió en mayo de 2009 a un matrimonio de mediana edad el producto asegurando que se trataba de un producto garantizado al 100% por la entidad y por ello totalmente seguro. Sin embargo se trataba de participaciones preferentes 2009 emitidas por la propia CAJA MADRID complejas y de riesgo.

A pesar de que la orden de compra contenía la siguiente advertencia “Esta orden se tramita conforme a la política de ejecución de órdenes de la entidad, de la que una vez informado el cliente, ha sido aceptada por el mismo. El ordenante declara que ha recibido información sobre el instrumento financiero al que se refiere esta orden. Asimismo, declara que con fecha 26/05/2009 ha realizado el test de conveniencia, facilitando la información necesaria para evaluar, según sus conocimientos y experiencia inversora en relación con el producto, la adecuación o no de la inversión, resultando conveniente para realizar la misma”; la sentencia considera que este texto no es una verdadera descripción de riesgos en la que se explique cada uno de los mismos de manera adecuada, sino que se trata de una manifestación genérica sin validez informativa, puesto que BANKIA no ha podido acreditar la correcta entrega de la información de riesgos a la que se hace referencia. Asimismo la sentencia establece que el matrimonio contratante “eran clientes minoristas, sin experiencia financiera alguna, que se dejaron llevar por las sugerencias de los empleados del banco y adquirieron las participaciones preferentes sin tener conocimiento de los riesgos que ello entrañaba”

La sentencia del JPI nº 15 de Valencia que es firme indica que es el banco el que es el que debe probar que la información suministrada es la correcta y adecuada y que los clientes no prestaron de forma válida su consentimiento por lo que incurrieron en error esencial y excusable al suscribir el producto financiero con la la obligación a BANKIA a restituir los 100.000 euros invertidos en PARTICIPACIONES PREFERENTES CAJA MADRID 2009.