La señora demandante en este procedimiento interpuso demanda contra BANKIA porque en septiembre de 2001 —justo una semana después del fallecimiento de su marido— el empleado de la entidad le aconsejó vivamente la compra de participaciones preferentes PPF.BEF S/A por importe de 24.000 euros. En 2004 volvió a realizar otra compra de este mismo producto por valor de 12.000 euros.
En estas compras de participaciones preferentes no se le explicó en modo alguno que se adquiría un producto financiero perpetuo y de riesgo. Las preferentes fueron finalmente canjeadas en 2012 de manera obligada por la entidad.
Denunciados los hechos, el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Gandía establece que BANKIA debe devolver a la demandante los 36.000 euros invertidos. También anula la operación de canje realizado por BANKIA por acciones realizado en 2012.
La sentencia del JPI nº 2 de Gandía es firme y entiende que las compras se realizaron sin atender a las debidas explicaciones de características y riesgos de las preferentes contratadas ni a la correcta entrega de la documentación de riesgos a la cliente.
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