La cliente demandante interpuso demanda judicial contra BANKIA por obligaciones subordinadas, OBS. BANCAJA E.10, adquiridas en 2009 por importe de 20.000 euros y el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Valencia le ha dado la razón condenando a la entidad a la devolución del dinero invertido. Estas obligaciones subordinadas fueron cambiadas por acciones de BANKIA en 2012.
La sentencia establece que la información que se aportó fue claramente insuficiente, según se deduce de la Orden de compra del producto que es un mero formulario genérico, sin detalle y al que se habían incorporado los datos concretos de la operación, pero sin especificar cuales eran las características concretas del producto. Tampoco se facilitó a la cliente información específica de los riesgos de las OBS. BANCAJA E.10.
La sentencia del JPI nº 1 de Valencia, que es firme y sobre la que no cabe apelación alguna, condena a BANKIA a la devolución del dinero invertido 20.000 euros. Asimismo considera la sentencia la anulación del canje obligatorio por acciones propuesto por la entidad y realizado en 2012 pues entiende este contrato consecuencia del primero, la compra de obligaciones subordinadas, y por tanto también anulable.
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