La cliente presentó demanda contra la entidad BANESTO respecto al contrato de participaciones preferentes con la entidad Banesto suscrito entre las partes en fecha de 2006 por un importe total de 400.000 euros.

El juez considera que la información que suministró BANESTO fue claramente insuficiente, y no se ha aportado en la causa un solo documento de la misma, ni en cuanto a la información sobre dicho producto, ni justificado la entrega de esta información por escrito a la cliente. Asimismo la sentencia estima que no se realizó practica alguna por BANESTO dirigida a la obtención de un perfil de la inversionista y averiguación de sus circunstancias concretas para la adquisición del producto.

La única documentación acreditada es la propia orden de valores, que es un formulario estereotipado en el que se incluyen lo datos concretos de la operación, pero sin que conste información alguna sobre lo que realmente se estaba adquiriendo ni sus características o consecuencias de riesgo que pudieran poner en alerta a la cliente.

La sentencia del Juzgado de Primera Instancia nº 20 es firme y establece que la entidad no cumplió con su adecuada labor en la comercialización del producto ordenando restituir la cantidad de 400.000 euros a la cliente.