Sentencia obtenida del despacho de Jaime Navarro especializado en reclamaciones por venta de productos financieros tóxicos, con más de seis millones recuperados.
Sentencia condenatoria de la Audiencia Provincial de Madrid por 219.000 euros a BANKIA por la venta de PARTICIPACIONES PREFERENTES CAJA MADRID 2009.
Este mismo despacho obtuvo recientemente en el mes de diciembre la condena más alta de España por comercialización de este producto, esta vez en sentencia de la Audiencia Provincial de Valencia, por cuantía de 250.000 euros.
Mientras, Blesa y Rato vendían participaciones preferentes, los altos directivos de BANKIA se beneficiaban del uso de tarjetas black y se adjudicaban sobresueldos millonarios.
El despacho de abogados de Jaime Navarro —despacho pionero en conseguir las primeras sentencias firmes en Audiencia Provincial por participaciones preferentes ya en el año 2011— ha obtenido la confirmación de la Sección Décimoquinta de la Audiencia Provincial de Madrid, de la sentencia contra BANKIA —ganada en Primera Instancia— en el Juzgado nº 86 de Madrid.
Se trata de la segunda condena en cuantía más alta —por valor de 219.000 euros— por comercialización de participaciones preferentes de Caja Madrid confirmada por una Audiencia Provincial en nuestro país. Precisamente este mismo despacho obtuvo recientemente en el mes de diciembre la condena más alta de España por comercialización de este producto, esta vez en sentencia de la Audiencia Provincial de Valencia, por cuantía de 250.000 euros.
Los demandantes —un matrimonio de edad avanzada — adquirieron por consejo del director de su oficina en mayo de 2009, participaciones preferentes Caja Madrid por un importe de 219.000 euros. Según las explicaciones verbales, los demandantes entendieron que adquirían un producto garantizado al 100% por Caja Madrid muy similar al plazo fijo, con liquidez inmediata y sin riesgos y que éste se les ofrecía precisamente de manera preferencial por su calidad de ser buenos clientes, con una antigüedad en la entidad de más de 25 años. El marido padecía además importantes problemas de audición, acreditados en la causa.
Sin embargo, la realidad y riesgos del producto eran bien diferentes, pues contrataron PARTICIPACIONES PREFERENTES CAJA MADRID 2009, por lo que tras reclamar varias veces en la oficina, finalmente optaron por demandar al banco, pues la entidad no les dio la información suficiente, veraz y adecuada sobre el producto financiero. En esta venta firmaron un documento en que manifestaban que la entidad les entregaba el tríptico-resumen del folleto informativo con las características de las participaciones preferentes. Sin embargo, como ha quedado acreditado en la causa, dicho folleto jamás se entregó por lo que el matrimonio contratante no recibió la información completa y veraz exigible sobre las características y riesgos del producto financiero.
Así pues, el matrimonio demandante sólo contó con las recomendaciones verbales de la entidad que incidían en las supuestas ventajas de un producto financiero calificado como complejo y de riesgo minimizando del todo sus inconvenientes. La Audiencia Provincial de Madrid estima inexcusable la entrega por escrito de la información completa a los clientes, incluso antes de la entrada en vigor de la normativa MIFID en 2008 que extremaba la normativa legislativa protectora del usuario de productos y servicios bancarios confirmando la sentencia condenatoria de Primera Instancia.
“Este manera de vender preferentes, ocultando del todo sus riesgos y primando unas hipotéticas ventajas como la supuesta rentabilidad del producto o su liquidez, es la tónica común en miles y miles de casos de afectados por este gran timo perpetrado a sus propios clientes por las cajas de ahorros y entidades bancarias españolas” ha manifestado el abogado Jaime Navarro.
Hay que señalar que la emisión de PARTICIPACIONES PREFERENTES CAJA MADRID 2009 fue vendida masivamente por lo que Miguel Blesa se jactaba en sus emails de haber engañado a miles y miles de preferentistas.
Finalmente en el año 2013 las participaciones preferentes fueron canjeadas unilateralmente por acciones de BANKIA —totalmente devaluadas en aquella fecha— perdiendo los clientes una parte importante de su inversión inicial. La salida a bolsa de BANKIA dirigida por Rodrigo Rato y la adquisición de acciones se convirtió en el enorme fiasco al que se vieron abocados miles de preferentistas que se convirtieron en accionistas de manera obligatoria de la entidad. Además del escándalo de las tarjetas black en el que consejeros y directivos de Bankia se gastaron 15,5 millones entre 2003 y 2012 además recientemente se acaba de conocer las irregularidades de los elevados sobresueldos de los altos directivos de la entidad que se cifran en 14.8 millones entre los años 2007 y 2010 y que afectan a la gestión de Miguel Blesa y de Rodrigo Rato.
La Audiencia Provincial de Madrid considera en la sentencia el error esencial, relevante y excusable del matrimonio demandante en el momento de contratar el producto en 2009, anulando el canje de 2013 por acciones de la entidad, y condena a la entidad demandada BANKIA a restituir la suma reclamada 219.000 euros por esta comercialización compleja y de riesgo sin información suficiente.
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