Primera sentencia en España que da la razón a un afectado del Popular que adquirió Bonos Fidelización. 

La Sentencia condena a Banco Santander a devolver 100.000 euros al afectado.

El Juzgado Primera Instancia número 1 de Valencia  estima por primera vez en España una demanda interpuesta por la Asociación Auge, Ortega y García Abogados y el Despacho de Abogados Jaime Navarro, en la que se pedía la nulidad de la compra de obligaciones subordinadas que fueron canjeadas por Bonos Fidelización en 2017.


Dicho juzgado, además, indica que el pacto de renuncia al ejercicio de acciones judiciales que incluía el canje de los bonos fidelización es abusivo, y por tanto no debe tener ninguna eficacia. La sentencia condena de este modo a devolver al afectado, los 100.000 euros invertidos en obligaciones subordinadas más los intereses legales, debiendo devolver los bonos fidelización a la entidad. 


Los Bonos Fidelización fueron la “solución” ofertada por la entidad Banco Santander, tras la adquisición por el simbólico precio de 1 euro de Banco Popular en junio de 2017. En aquellas fechas 305.000 inversores de Banco Popular vieron desaparecer completamente sus millones de euros depositados en acciones de la entidad y otros productos financieros que pasaron a tener un valor de 0 euros. 


Para detener las demandas y reclamaciones judiciales millonarias que se preveían, el Banco Santander ideó estos Bonos Fidelización que en realidad eran similares por sus características a las obligaciones subordinadas o a las participaciones preferentes —productos financieros caracterizados por ser perpetuos, complejos y de riesgo, no aptos para minoristas sino para inversores profesionales — Bonos que tenían un supuesto vencimiento a 7 años y un interés del 1% anual. 


Estos Bonos Fidelización se pusieron en circulación en diciembre de 2017 para “resarcir” las pérdidas totales sufridas por los inversores de Banco Popular y muchos  clientes aceptaron estos Bonos Fidelización sin ser conscientes ni informados del tipo de producto complejo y de alto riesgo que suscribían, firmando un “pacto de renuncia” sobre su derecho futuro a demandar a la entidad en reclamación por sus acciones bancarias o por otras inversiones realizadas en Banco Popular.


Según declaraciones de los abogados que han llevado el pleito, se abre la vía a aproximadamente 115.000 afectados que firmaron los Bonos Fidelización y que ahora podrán reclamar en los Tribunales debido a que ya existe un precedente de un juzgado que declara nulo, el pacto de renuncia a acciones judiciales que incorporaban tales bonos.

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