SEGÚN LA LEY QUE ESTABLECE EL ESTADO DE ALARMA, TIENES DERECHO A SER INDEMNIZADO POR LAS PÉRDIDAS SUFRIDAS.

Trabajador, empresario, Sociedad o Autónomo, es muy sencillo: Usted cumplió durante el Estado de Alarma y ahora el Estado o la Comunidad Autónoma tiene que cumplir con usted.

Determinamos GRATIS lo que usted ha perdido o dejado de ganar como consecuencia del Estado de Alarma, y reclamamos esa deuda que por ley le pertenece.

Infórmese gratis en:

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