*Noticia recogida del diario La Verdad
Dos juzgados de Primera Instancia de Cartagena han dictado dos sentencias en las que se condena al Banco Santander a devolver las cantidades invertidas en 2017 por dos compradores de acciones del Banco Popular, al considerar que no fueron debidamente informados sobre la situación real de este último. Las sentencias estiman las demandas que en nombre de los perjudicados presentó el letrado Jaime Navarro. Una de ellas, dictada por el juzgado de Primera Instancia número 1, condena al banco demandado a devolver a una inversora los 12.680 euros que gastó en la compra de las acciones, al indicar que esta recibió información inexacta, lo que la llevó a la compra de las acciones. El cliente perdió todo el dinero invertido, lo que según la sentencia fue claramente achacable al banco por su más que deficiente y escasa información sobre el verdadero estado económico de la entidad.
La segunda resolución, dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 2, se condena a Banco Santander a devolver 3.000 euros a otros compradores que no fueron debidamente informados y que las mismas perdieron su valor. Añade el fallo que se ha comprobado que existió una distorsión de la imagen de la entidad Banco Popular en el folleto informativo tenido en cuenta por los adquirentes, «determinante de la decisión de compra de las acciones». El letrado Navarro indica que, «hay numerosas sentencias ganadas a Banco Santander, entidad sucesora del Popular, por su operación fallida de acciones. La entidad llevaba años presentándose con una imagen falsa de solvencia ante la sociedad».
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