Anuladas las compras financieras de productos de alto riesgo de Banco Santander por 1.200.000 euros
Nueva sentencia obtenida por el despacho de abogados Jaime Navarro que anula a Banco Santander ventas por importe de 1.200.000 euros depositados en Bonos estructurados, Valores Santander y Fondo Tridente.
Los demandantes son un matrimonio con estudios básicos y carniceros de profesión. A principios de 2007 recibieron una importante suma por la venta de unos inmuebles procedentes de una herencia familiar por lo que decidieron confiar en los asesores de Banco Santander la gestión e inversión de su patrimonio económico en productos seguros acordes con su perfil conservador. Se da la circunstancia de que otros familiares de los demandantes en el año 2015 también ganaron judicialmente pleitos al banco Santander por una cuantía de más de un millón de euros por idénticos productos a los de esta causa: Valores Santander y bonos Tridente. También fueron defendidos por el despacho de Jaime Navarro.
El Juzgado de Primera Instancia nº 11 de Valencia ha anulado los contratos de compra de varios productos financieros de riesgo de Banco Santander que suman 1.200.000 euros de inversión, que fueron suscritos por un matrimonio de clientes de esta entidad. Entre estos productos se encuentran dos Estructurados Santander Inmobiliario Global, un Estructurado Autocancelable, unos Valores Santander, y varios “Fondos Tridente”.
SENTENCIA:
Según la sentencia se trata de valores de inversión complejos y de alto riesgo de cuyas verdaderas implicaciones no fueron debidamente advertidos los clientes en el momento de su compra entre los años 2007 y 2009. Son además productos de diseño propio del banco recomendados y asesorados por los empleados de la entidad que, sin las debidas advertencias, ocasionaron a los clientes graves pérdidas de más de 844.200 euros, respecto al nominal invertido inicialmente.
Los demandantes son personas con estudios básicos y carniceros de profesión. Clientes de la entidad desde 1989, recibieron a principios de 2007 una importante suma por la venta de unos inmuebles procedentes de una herencia familiar por lo que decidieron confiar en los asesores de Banco Santander la gestión e inversión de su patrimonio económico en productos seguros acordes con su perfil conservador. Se da la circunstancia de que otros familiares de los demandantes en el año 2015 también ganaron judicialmente pleitos al banco Santander por una cuantía de más de un millón de euros por idénticos productos a los de esta causa: Valores Santander y bonos Tridente. También en estos pleitos fueron defendidos por el despacho del abogado Jaime Navarro
El juez en su sentencia indica que el Banco Santander no cumplió con la diligencia e información completa, clara y precisa que le era exigible al proponer al cliente la adquisición de estos Bonos Estructurados, Valores Santander y fondo Tridente.
En el pleito el abogado Jaime Navarro demostró que el matrimonio demandante contrató por error por falta de información de banco, según dicta la jurisprudencia en la materia como recoge la sentencia: «Dicho de otro modo, en el caso de un inversor no profesional, no basta con que la información aparezca en las cláusulas del contrato y, por lo tanto, con la mera lectura del documento; es preciso que se ilustre el funcionamiento del producto complejo con ejemplos que pongan en evidencia los concretos riesgos que asume el cliente”.
La información al cliente, máxime en productos financieros de riesgo, necesariamente ha de incluir orientaciones y advertencias sobre los inconvenientes asociados a los instrumentos financieros; es imprescindible para que el cliente minorista pueda prestar válidamente su consentimiento, bien entendido que lo que vicia el consentimiento por error es la falta del conocimiento del producto y de sus riesgos asociados, pues el deber de informar adecuadamente pesa exclusivamente sobre la entidad financiera.
Que son los Valores Santander y el Fondo Estructurado Tridente.
El letrado explicó en el juicio en que consisten los Valores Santander: “el Banco Santander pidió prestado a sus clientes (un bono u obligación es un préstamo de los clientes a los bancos u otros emisores, en esencia) 7.000 millones de euros para financiar la compra del banco holandés ABN AMRO. Se comprometió a devolver el préstamo mediante un interés del 7,50% TAE el primer año y un Euribor más 2,75% después, hasta su vencimiento en octubre de 2012. Al ser obligaciones necesariamente convertibles en acciones (una obligación para el cliente), al vencimiento no nos devuelven el capital invertido, sino acciones. Las acciones que nos entregarán no serán a precio de mercado a fecha del vencimiento, sino en base a un precio fijado al contratar el producto y una prima del 16%. Un pequeño detalle, es que si la acción cae, el cliente cobra con acciones sobrevaloradas; es decir, pierde dinero. Y las acciones perdieron valor y mucho; el canje final se marcó en 12,96 euros la acción, cuando en ese momento cotizaban a menos de 6 euros la acción (…), lo que se tradujo en una pérdida del 55% del capital”.
Según Jaime Navarro: “el producto Valores Santander constituye una auténtica bomba de relojería de la época en que dirigía la entidad Emilio Botín para su actual gestora, su hija Patricia Botín, por su altísimo número de afectados. Esta sentencia puede provocar una reacción en cadena de demandas al afectar a casi 130.000 clientes. En mayo de 2014 nuestro despacho ya consiguiPl despacho de turado mplejos y de riesgo, só la condena más alta en cuantía, 567.900 euros, por este mismo producto contra el Santander al que representaba uno de los despachos de Derecho Mercantil de mayor prestigio en estos temas, como es el bufete de Uría y Menéndez en los juzgados de Murcia y en 2015 hemos obtenido en los juzgados de Valencia contra el mismo despacho sentencias favorables anulando productos de este mismo tipo por más de un millón de euros.
El letrado nos explica que: “Los Valores Santander fueron un ‘producto estrella’ del propio Santander que resultó ser un fiasco por su gran riesgo y que fue colocado indiscriminadamente a casi 130.000 clientes del banco”. Se trata de un producto financiero muy complejo y de elevado riesgo en el que la inversión finalmente se convertía en acciones del banco. El producto fue comercializado masivamente y sin la adecuada información por Banco Santander especialmente entre clientes minoristas y sin conocimientos financieros a los ha ocasionado importantes pérdidas entre el 30% y el 55% de la inversión.”
Por otro lado, en relación con el fondo estructurado Tridente. “Consiste en un bono estructurado del propio Banco Santander muy complejo con vencimiento a un año, que se haya referenciado a la evolución de las acciones de Telefónica SA, Iberdrola SA y BBVA y en el que se puede perder gran parte o toda la inversión. Es por tanto un producto financiero híbrido de alto riesgo por sus múltiples variables. Todo lo cual evidentemente tiene una notable repercusión en la correcta diligencia informativa exigible a la entidad bancaria”.
Referencias: Sentencias Pioneras conseguidas por el despacho de Jaime Navarro:
— Primeras 2 sentencias ganadoras firmes de España por Preferentes y por Bonos Lehman Brothers, ambas en 2011;
— Primera sentencia ganadora firme de España por Cuotas Participativas, en 2012;
— Primera sentencia ganada por Participaciones Preferentes en la Comunidad Valenciana, también en 2012;
— Primera condena al Banco de Valencia por preferentes, en 2013;
— Primera condena a Caixa Galicia por preferentes en la Comunidad Valenciana en 2013;
— En 2014 mayor condena al Banco Santander por Valores Santander más de 550.000 mil euros;
— En 2014 las dos mayores condenas de España de Audiencia Provincial a la entidad Bankia por 250.000 y 220.000 euros respectivamente.
— En 2015 sentencias por Valores Santander y Estructurado Tridente contra Banco Santander por más de un millón de euros
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