El juzgado de primera instancia número 35 de Barcelona ha condenado a CatalunyaBanc a devolver a un matrimonio cliente de la entidad los 44.000 euros que invirtió en participaciones preferentes.
Jaime Navarro‘s insight:
Otra sentencia más dando la razón a los afectados, siguiendo el mismo razonamiento que otros cientos de sentencias (llegarán a miles y decenas de miles), declarando la Nulidad Absoluta, sencillamente por no cumplir con la ley en el momento de la venta de las preferentes. ¡Mi más sincera enhorabuena!
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