Por primera vez un banco ha sido condenado a devolver el importe íntegro de la operación (58.000 euros) a una clienta por no informarle de los riesgos de una inversión en participaciones del Banco de Islandia. La Audiencia Provincial de Murcia confirmó la sentencia dictada por un juzgado de Primera Instancia de Cartagena contra Bankinter.
La sentencia señalaba que esta entidad de ahorro no había facilitado a esta inversora toda la información que exige la legislación sobre el riesgo de estas operaciones. «En ese contrato no hay ninguna información clara, hay un pliego de condiciones generales, un anexo que se une a la hoja de contratación, pero ni se explica nada en concreto del producto ni advierten de que se puede perder el capital», explica a Valenciaplaza.com Jaime Navarro, el abogado valenciano que llevado el caso
La clienta de Navarro, Isabel Alcaraz, de 80 años de edad, es la primera usuaria que ha ganado en España a una entidad bancaria por prácticas financieras similares. Reclamaba 58.000 euros que invirtió en lo que ella creía que era un fondo sin riesgo y que, en realidad, formaba parte de la emisión de participaciones preferentes que, al quebrar, la llevó a perder todo el dinero.
Según la sentencia, «no puede entenderse cumplida la obligación de información por parte del Banco por el mero hecho de que los referidos ratings que otorgan las agencias de calificación vengan siendo considerados como indicadores útiles y fiables de solvencia».
Con este fallo, Navarro confía en que «se produzca un despertar de la gente, que ha sufrido el mismo problema». De hecho, el letrado afirma estar recibiendo «muchas llamadas de compañeros que gestionan casos similares».
DEMANDA CONTRA LEHMAN BROTHERS
Tras la victoria en el caso de Bankinter, Navarro espera la resolución de una demanda presentada contra otra entidad bancaria en la que reclama la devolución de los capitales invertidos en el banco Lehman Brothers, una de las principales compañías financieras de EE.UU acusadas de provocar la crisis económica. «Los contratos no hacían ninguna mención a los riesgos y se decía que la rentabilidad era importante a cuatro o cinco años», comenta Navarro.
Sólo en Valencia, la quiebra de Lehman Brothers afectó a 3.000 familias valencianas, con unas pérdidas patrimoniales superiores a los 300 millones de euros, según Ausbanc, (La Asociación de Usuarios de Servicios Bancarios). En España, la cifra se eleva a 85.000 afectados. «Les dijeron en sus bancos que no podían hacer nada», recuerda Navarro. «A partir de la quiebra en 2008, y tras la cantidad de protestas verbales de la gente, las entidades han empezado a introducir cláusulas para avisar a las personas, pero todavía muchos bancos no las incluyen».
Cuánto al papel de la CNMV y el Banco de España en estos casos, el abogado señala que «ya que son organismos reguladores, deberían haber velado por evitar la realización de estas malas prácticas, y no se han preocupado». Navarro apunta que desde que se inició la crisis internacional aumentó la tasa de malas prácticas en las entidades.
JURISPRUDENCIA QUE PUEDE AFECTAR A 20.000 VALENCIANOS
La sentencia crea jurisprudencia y podría servir para resolver casos similares en todo tipo de productos financieros, crediticios e hipotecarios. «Ahora se aplica la Ley General para consumidores y usuarios en la que se penaliza la falta de información a su cliente en cualquier aspecto, por lo que el rango que abarca es amplio».
La importancia del caso queda patente si se atiende a las cifras. Tan sólo en la Comunitat Valenciana, el número de personas que tiene contratos bancarios firmados con información incompleta o deficiente asciende a 20.000, según datos recogidos por el despacho de abogados de Jaime Navarro en un estudio sobre las prácticas abusivas de la banca.
Del total de afectados, un 65% corresponde a personas que desconocían algunas de las especificaciones del producto. Otro 40% asumen inversiones desconociendo su riesgo, mientras un 25% firma condiciones que después han considerado abusivas. El 35% restante ha comprado productos derivados de estafas.
Además de estos casos, 150.200 hipotecados de la Comunitat han firmado contratos anexos como clips y swaps, productos bancarios que sirven para defenderse de las variaciones al alza de los tipos de interés (generalmente el Euribor), aunque también establecen un mínimo obligatorio.
Fuente: Valencia Plaza
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