La Audiencia Provincial de Madrid, ha condenado a Banco Popular, actualmente Banco Santander, y a Bankinter por vender sin la información adecuada veraz y suficiente dos Bonos Estructurados a clientes de estas entidades. Las sentencias ordenan la devolución de las cantidades que se invirtieron en estos productos calificados como complejos y de alto riesgo. Estos procedimientos ha sido resueltos judicialmente por el despacho de abogados de Jaime Navarro que se especializa en reclamaciones judiciales por inversiones fallidas y productos bancarios de riesgo.

La Audiencia Provincial de Madrid, ha condenado a Banco Popular, actualmente Banco Santander por vender sin la información adecuada veraz y suficiente un Bonos Estructurado a un cliente de estas entidad. El demandante invirtió en mayo de 2007, la cantidad de 350.000 euros en un Bono o Producto Estructurado —producto financiero hibrido que se construye a través de dos o más instrumentos financieros, por tanto, de gran complejidad financiera sujeto a elevados riesgos— denominado “Contrato Financiero a Plazo” en Banco Popular a través de su oficina de Popular Banca Privada, hoy Banco Santander, sin cumplir la entidad el riguroso deber legal de información suficiente exigible a la entidad a la hora de comercializar el producto.

El cliente es ingeniero de profesión y empresario con notable patrimonio y que contaba además con otras inversiones perdió íntegramente toda la cantidad depositada, lo que, según la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, Sección Décima, fue achacable al banco por la parcial e incompleta información suministrada antes de contratar y en el momento de la firma.

La sentencia explica que la iniciativa de venta correspondió al banco, confiando el cliente en la profesionalidad de Popular Banca Privada puesto que le asesoraba en esta operación, y ello sin haberle proporcionado sobre el producto estructurado la información veraz, completa y suficiente de riesgos y sin explicarle los escenarios de pérdida inherentes a la inversión. La sentencia entiende la responsabilidad civil de la entidad y condena por daños y perjuicios precisamente al sucesor empresarial del extinto Banco Popular, el Banco Santander que dirige la Sra. Patricia Botín, que debe restituir al cliente demandante la cantidad completa perdida en este Bono Estructurado, más los intereses devengados desde 2007, fecha en que compró el producto.